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jueves, 7 de octubre de 2010

Modificado el sistema de Pico y placa

Bucaramanga, Octubre 7 de 2010
Julio E Avellaneda Lamus
Director de Transito
Bucaramanga.- La Dirección de Tránsito de Bucaramanga anunció la expedición de la Resolución No. 637 de 2010, por la cual se modifica el sistema de pico y placa en el perímetro urbano de Bucaramanga.

El acto administrativo, ordena restringir la circulación de vehículos automotores de servicio particular clase automóviles, camperos, camionetas picó y de estacas, microbuses, busetas y buses de importación temporal y/o matrícula extranjera, en el horario de 6:00 a 9:00 de la mañana y de 5:00 de la tarde a 8:00 de la noche, de lunes a viernes durante los días hábiles, teniendo en cuenta el último dígito de la placa del vehículo.

De acuerdo al nuevo programa de restricción, vigente a parir del 11 de octubre, los días lunes cumplirán la medida los vehículos terminados en placas número 7,8,9 y 0, los martes, los terminados en 1, 2, 3 y 4 , los miércoles , los de placas terminadas en 5,6,7 y 8; los jueves, los vehículos con placas terminadas en 9,0,1 y 2 y los viernes, los terminados en placas 3,4,5 y 6.

La disposición señala que los vehículos de importación temporal y/o matrícula extranjera que ingresen a la ciudad, cumplirán la restricción de acuerdo al último dígito numérico de la placa, sin tener en cuenta la letra o letras finales, siempre que la permanencia en la ciudad sea de más de ocho (8) días hábiles. Aclara que ese periodo se verificará con la fecha de expedición del auto de importación temporal y/o el permiso aduanero de internación de la DIAN.
De otra parte, la norma indica que el pico placa para los vehículos automotores de servicio particular clase motocicleta, motocarro, mototriciclo y cuatrimoto, regirá igualmente de lunes a viernes durante los días hábiles y en el horario de 6.00 a 8:00 de la mañana y de 5:00 de la tarde a 8:00 de la noche, teniendo en cuenta el último dígito de la placa de la motocicleta, según la siguiente programación:

Los días lunes, las motocicletas con placas terminadas en 1,2 ; los martes, las motocicletas con placas terminadas en 3 y 4, los miércoles, las motocicletas con placas terminadas en 5 y 6; los jueves, las motocicletas con placas terminadas en 7 y 8 y los viernes, las motocicletas con placas terminadas en 9 y 0.

Se establece además que la programación del sistema de pico y placa será objeto de rotación cada cuatro meses.

EXCEPCIONES A LA RESTRICCION
Según la resolución 637 de 2010, se excluye de cumplir la medida del pico y placa a los siguientes vehículos:

· Los que conforman las caravanas presidenciales y los de servicio diplomático.
· Los de servicio de asistencia médica especializada identificados externamente, los de emergencia demarcados con identificación permanente (ambulancias, bomberos y todos los que transportan equipo y material logístico).

· Los vehículos de servicio especial para el transporte de estudiantes, asalariados, turistas (prestadores de servicios turísticos) o particulares, vinculados a una empresa legalmente constituida y habilitada en esta modalidad.

· Los dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales (energía, semaforización, telefonía, acueducto alcantarillado y gas) demarcados con identificación permanente.

· Los vehículos de propiedad de medios de comunicación, dotados de equipos que no puedan ser reemplazados por otro vehículo, como el caso de transmóviles u otros de características especiales, debidamente identificados.

· Los vehículos que estén ocupados por los magistrados, jueces, procuradores judiciales y fiscales del Municipio de Bucaramanga.

· Los recolectores de basura, debidamente identificados y acreditados.
· Los debidamente identificados y acreditados para el transporte de valores.
· Los vehículos que van en tránsito para otras ciudades y/o llegan a la ciudad, acreditando en caso de ser requeridos, el recibo de pago de ingreso del peaje, actualizado a la fecha de ingreso.
· Los que sean de propiedad de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, DAS INPEC y Fiscalía para el transporte de personal detenido y en general los organismos de seguridad del estado plenamente identificados.
· Los destinados al control del trafico, las grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados.
· Los conducidos por personas en situación de discapacidad, cuyos vehículos se encuentren debidamente acondicionados y los utilizados para el transporte de estas personas siempre y cuando él o los discapacitados estén ocupando el vehículo.
· Los vehículos de blindaje igual o superior a nivel tres (3).

Precisa la norma que los de carga, continuarán con las medidas establecidas para esta clase de transporte, exceptuando las camionetas picó y estacas que a partir de la fecha quedan incluidas en la restricción.

Tambien aclara que los vehículos de servicio de transporte colectivo e individual de pasajeros clase taxi, seguirán regulados de acuerdo a la reglamentación vigente.

VIAS QUE SE EXCLUYEN DE LA RESTRICCION

Por considerar que algunos sectores de la ciudad no requieren la aplicación de la medida restrictiva, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga exime de su cumplimiento las siguientes vías:

· Anillo Vial, jurisdicción del Municipio de Bucaramanga, en el sector comprendido entre el Puente TERPEL (sobre la Quebrada la Rosita) y el Puente Tierra (corregimiento Vijagual, Vía al Mar).

· La Calle 105 entre la Carrera 33 (Vía Antigua B/manga-Floridablanca) y la Terminal de Transportes de Bucaramanga.

· La Calle 67 de los Barrios La Salle, La Victoria y Pablo Sexto hacia la Terminal de Transporte de Bucaramanga y hacia el municipio de Girón.

El director de Tránsito de Bucaramanga Julio Enrique Avellaneda Lamus, informó que durante la primera semana de vigencia de la nuevas medidas del sistema de pico y placa, los infractores de la disposición serán amonestados mediante comparendos pedagógicos. Posteriormente la entidad impondrá multas equivalentes a 15 SMDLV.

Al respecto, el funcionario hizo un llamado a los conductores de vehículos para que atiendan la nueva reglamentación, evitando de esa forma las molestas sanciones, pero especialmente, con el ánimo de realizar un aporte valioso al mejoramiento de la movilidad vial de la ciudad.

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