Grupo Nule (Fotos: Ideasinversión) |
Bogotá, 27 Agosto (SS). La Superintendencia de Sociedades ordenó a la Sociedad Pamafe SAS en Liquidación reintegrar al patrimonio de MNV S.A en liquidación judicial el bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria número 50C- 1410274, ubicado en la Calle 72 A No. 1-20, apartamento 401 de la ciudad de Bogotá, D C. (Carrera 1 bis 72-11 Apartamento 401 según el último registro de dirección catastral).
La sociedad Pamafe, cuyos
accionistas según el registro mercantil son María Margarita Nule Galofre,
Felipe Nule Galofre y Paula Andrea Galofre Amín, fue constituida el 8 de enero
de 2010, pocos meses antes de la admisión a liquidación de la empresa MNV.
La demanda presentada
inicialmente por el liquidador del Grupo Nule, Pablo Muñoz, fue admitida
mediante auto 480-015011 del 8 de septiembre de 2011 y se notificó personalmente
el 29 de diciembre de 2011 a Miguel Eduardo Nule Velilla y a Pamafe SAS.
En la demanda, el liquidador
solicitó la acción revocatoria tras recalcar que con esta medida se busca
recuperar los bienes transferidos de forma simulada, con el fin de pagar a los
acreedores de MNV.
En la sentencia, que se
encuentra ejecutoriada, se advierte que a pesar de que quién aparecía como
locatario era Miguel E Nule Velilla, quién efectuó el pago de los cánones fue
MNV S.A hoy en liquidación y que el crédito involucró además a Proyectar
Valores S.A.
La sentencia condenó además a
Pamafe SAS en liquidación y a Miguel Eduardo Nule Velilla a pagar 16 millones
de pesos como costas del proceso y ofició a la Fiscalía General de la Nación -
Fiscalía 33 unidad de Extinción de Dominio- con el fin de indicar lo decidido,
y con la finalidad de hacer efectiva la determinación adoptada.
Durante el proceso se concedió
el amparo de pobreza a la empresa MNV en liquidación, parte demandante
encargada de la recuperación de los bienes, y no como ha sido informado
equivocadamente en algunos medios de comunicación al señor Manuel Nule Velilla.
Lo anterior de conformidad con las normas y la jurisprudencia vigente en este
tipo de actuaciones judiciales.
Fuente: Superintendencia de
Sociedades
elaiton@supersociedades.gov.co
Tel.: (571) 2201000 - ext.
5021 - Avenida El Dorado 51 - 80
www.supersociedades.gov.co - Superintendencia de Sociedades