Se establecerá un mecanismo novedoso de apertura de folios
Bogotá, D.C., 5 de junio de 2012. Una vez aprobadas
las conciliaciones en la Cámara de Representantes y el Senado de la República,
el Proyecto de Ley por medio del cual se adopta un nuevo Estatuto de Registro
de Instrumentos Públicos pasa a sanción presidencial.
Foto: Archivo |
El Superintendente de Notariado y Registro, Jorge
Enrique Vélez García, destacó que el nuevo Estatuto reduce la informalidad en
la propiedad inmobiliaria y previene irregularidades como las denunciadas por
su despacho, relacionadas con el despojo jurídico de bienes inmuebles.
Entre los principales puntos del Estatuto están los
siguientes:
Se establece un nuevo sistema de información registral
que contendrá, en formato digital, toda la información acerca de la historia
jurídica de los inmuebles, los índices de propietarios y de inmuebles y los
antecedentes registrales. Para tal efecto, a partir de la entrada en vigencia
de ley, la Superintendencia de Notariado y Registro tendrá un término de cinco
(5) años para la sistematización o digitalización de la información contenida
en los libros del “antiguo sistema de registro”.
Se establece un mecanismo novedoso de apertura de
folios de matrícula inmobiliaria para predios baldíos. Con esto, los baldíos
adjudicables ingresarán a un Sistema de Registro Inmobiliario, en donde el
propietario inscrito será la Nación –a saber, el INCODER o Parques Nacionales
Naturales de Colombia, según el caso–, con miras a evitar más casos de despojo
en contra de la Nación.
Se crea la “unidad móvil de registro” que permitirá
realizar jornadas especiales de servicios registrales y, en particular, de
formalización de la propiedad de inmuebles ubicados en zonas apartadas sin
oferta presencial del servicio, priorizando a la población desplazada.
Se crea una Carrera Registral en donde los méritos
profesionales y académicos serán el factor preponderante para el nombramiento
de los Registradores de Instrumentos Públicos, previo un concurso abierto para
el efecto. Asimismo, se crea el Consejo Superior de la Carrera Registral como
el organismo rector de la Carrera Registral.
Se amplían las funciones de inspección, vigilancia
y control y se faculta a la Superintendencia de Notariado y Registro para hacer
intervenciones de oficinas de registro de instrumentos públicos y designar
interventores que asuman las funciones de los registradores mientras dure la
intervención.
Se moderniza el sistema o proceso de registro con
el fin de prestar un mejor servicio al ciudadano. Por ejemplo, la radicación de
instrumentos públicos y los pagos por los servicios podrán hacerse a través de
medios electrónicos.
Se conforman cinco regiones registrales: Caribe,
Región Pacífica, Central, Andina y Orinoquía- Amazonía, con el fin de poder
ejercer un mejor control de las oficinas de registro.
Fuente: Grupo de Divulgación
Tel: 3158549680