El 31 de marzo vence el plazo
para que los comerciantes renueven oportunamente su matrícula mercantil

De conformidad con el artículo
33 del Código de Comercio, es obligación de todo comerciante (persona natural o
jurídica), cumplir este ejercicio dentro de los tres primeros meses de cada
año.
Los comerciantes que no
cumplan con la obligación de renovar la matricula mercantil antes de la fecha
establecida podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio
con multas que ascienden...Leer más
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