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martes, 5 de noviembre de 2013

Revisión de empresas de transporte inicia la Superintendencia del ramo tras varios accidentes

Las indagaciones las realiza también a los organismos de apoyo al tránsito que expidieron la documentación de los vehículos y conductores.
Juan Miguel Durán
Bogotá, 05 de noviembre de 2013.-  El Superintendente de Puertos y Transporte, Juan Miguel Durán Prieto, anunció que se iniciaron unas preinvestigaciones a las empresas que tienen afiliadas a las ‘chivas’ o Buses Escalera que se accidentaron este fin de semana en tres departamentos del país.
“Lo que se busca es verificar en cada caso si hay una empresa de por medio habilitada por el Ministerio de Transporte, de lo contrario sería un transporte ilegal. Por otra parte, corroborar las condiciones de los vehículos y toda su documentación, así como la de los conductores para confirmar que efectivamente fue realizada con los requisitos de ley”, advirtió Durán Prieto.
El Superintendente anunció además que se estarán tomando acciones frente a los organismos de apoyo al tránsito, es decir los Centros de Reconocimiento de Conductores y los Centros de Diagnóstico Automotor, que hayan expedido la documentación de los conductores y de los vehículos, respectivamente, sin haber cumplido con los requisitos legales.
De llegarse a encontrar alguna irregularidad, el Superintendente Durán anunció sanciones que pueden llegar hasta la cancelación de la habilitación de la empresa y traslado a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
Agregó que con el Comandante de la Policía de Tránsito y Transporte, General Ramiro Mena, se fijaron unos operativos especiales en vía a este tipo de transporte diferente al intermunicipal y a otros.
Así mismo,  anunció que ordenó visitas de inspección extraordinarias a las 171 empresas dedicadas al transporte mixto (transporte de personas y bienes) en el país para ser realizadas esta semana y así verificar la manera en la que están operando y que citará a los representantes legales de todas para hacerle un llamado de atención frente a la seguridad y la prevención en este tipo de vehículos.
Finalmente, recordó el uso del numeral 767, opción 3 ¿Cómo Conduzco? para que los pasajeros lo utilicen como una línea de prevención de accidentes. “Cualquier tipo de actividad sospechosa o irregularidad en la parte técnico mecánica o frente a la forma en la que el conductor realiza su actividad nos la puedan reportar para actuar de manera oportuna”.
Fuente:  Shelley Oviedo
Jefe de prensa - Supertransporte
Cel: 3162551945 - www.supertransporte.gov.co

miércoles, 16 de octubre de 2013

Medidas para mejorar el sistema información cooperativa

Olga Lucía Londoño H.
Superintendente  de
 Economía Solidaria
Bogotá, octubre 15 de 2013. Con el fin de mejorar la calidad y la consistencia de la información que deben reportar las cooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales, en el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, la Superintendencia de Economía Solidaria Incluyó nuevas validaciones, las cuales sirve como preparación al proceso de implementación del nuevo sistema de captura de la información financiera que la Supersolidaria adoptará a partir de 2014.
Estas nuevas validaciones no generan ajustes en los formatos del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, ni en la forma como se deben cumplir las normativas vigentes, por tanto, no debe presentarse dificultades en el reporte que las vigiladas deben realizar a  partir del 20 de octubre de 2013.
La medida definida en la Carta Circular No. 11, está dirigida  a todos los representantes legales, miembros del consejo de administración o juntas directivas, juntas de vigilancia o comités de control social, revisores fiscales y asociados de las organizaciones de la economía solidaria de los niveles 1 y 2 de supervisión.
Para mayor información consulte  el portal de internet:   www.supersolidaria.gov.co/normativa/carta-circulares.
Fuente: Acceso Directo, asesores externos. Tel: (57-1) 3216316 – 2174983. Luz Marina Gamarra Cel. 3102711970 – Ingrid Palacino Cel. 3102323503
Olga Lucía Londoño Herrera Superintendente-de-la-Economía-Solidaria

lunes, 30 de septiembre de 2013

Descuento para C. de tradición y libertad por Internet

•El descuento aplica  para trámite a través de la Páginas web www.supernotariado.gov.co
De 900 certificados diarios en línea en el año 2011, la Superintendencia pasó a expedir 7.000 certificados diarios en 2013  
Jorge Enrique Vélez García
Bogotá, septiembre 30  de 2013 – SNR
A partir de mañana, los usuarios del servicio público registral que expidan  su certificado de tradición y libertad a través de la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, obtendrán un descuento del 6% en el pago de su trámite. Así lo informó el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García.                                                                     
“Nos hemos propuesto modernizar el servicio público registral bajo criterios de máxima simplificación; ya sistematizamos el 100% de la oficinas de instrumentos públicos, lo que nos  permite brindarle al ciudadano un mejor servicio con cobertura total, y  a la vez, diversificar  los canales de atención en cumplimiento de las políticas del Gobierno a través de la implementación de mecanismos que permiten la realización de pagos virtuales” indicó el Funcionario.
Jorge Enrique Vélez, afirmó que, cada vez los colombianos optan más por realizar la expedición de su certificado a través del portal Web de Entidad. De 900 certificados que se expedían por día en el año 2011, hoy se expiden más de 7.000 diarios. Según el Superintendente, hoy, la buena noticia es que para incentivar el uso de estas herramientas tecnológicas se ha determinado una tarifa diferencial para la expedición de certificados de tradición y  libertad o constancias a través de medios electrónicos.
Jorge Enrique Vélez indicó que durante los últimos días se ha venido desarrollando la implementación  de la estructura técnica para la parametrización de las tarifas diferenciales en  relación a la expedición de certificados de tradición y libertad en línea y este martes, primero de octubre, el servicio quedará habilitado para aplicar el descuento diferencial.
Prensa Superintendencia de Notariado y Registro
Superintendencia de Notariado y Registro - Calle 26 no 13-49 int. 201
Bogotá, Colombia 

sábado, 17 de agosto de 2013

A responder ante Supertransporte por actuaciones en accidentes de tránsito por embriaguez

Juan Miguel Durán Prieto
Superintendente
Bogotá, 15 de agosto de 2013.- A través de la Circular 33 de 2013, la Superintendencia de Puertos y Transporte requirió a los Organismos de Tránsito de todo el país para que entreguen información periódica sobre sus actuaciones en accidentes de tránsito por embriaguez y apliquen las normas correspondientes para este tipo de casos.
De esta manera, los organismos de tránsito deberán entregar bimestralmente a la Superintendencia:
- Número total de comparendos impuestos en su jurisdicción, cuya infracción tenga que ver con alcoholimetría.
- Indicación del número de comparendo, discriminado si se trató de servicio público o particular.
- Número de cédula del infractor.
- Indicación de las sanciones impuestas.
- Indicación especial del número de víctimas fatales y lesionados dentro de accidentes de tránsito con situaciones de embriaguez de por medio.
- Casos remitidos a la jurisdicción penal, anotando el despacho judicial de conocimiento.
Esta información deberá ser tabulada mes a mes desde el primero de junio de 2012 y la primera entrega deberá hacerse el próximo 23 de agosto, con el fin de que la Superintendencia pueda verificar el procedimiento administrativo que los organismos de tránsito le han dado a estas situaciones y descartar o, en su defecto, confirmar posibles faltas en la aplicación de las normas previstas.
“El objetivo es garantizar la seguridad vial y con ello la vida de los colombianos mediante la aplicación rigurosa de las normas”, afirmó el Superintendente Juan Miguel Durán Prieto.
Si los Organismos de Tránsito no presentan esta información en los términos previstos en la Circular, la Superintendencia abrirá las investigaciones de carácter administrativo correspondientes, que pueden derivar en multas. Además de compulsar copias a las autoridades respectivas a fin de determinar posibles sanciones de carácter disciplinario o penal.
“La información reportada por los Organismos de Tránsito será cruzada con las bases de datos del Simit para verificar su autenticidad y la pertinencia y legalidad del procedimiento aplicado”, explicó el Superintendente.
Aplicación rigurosa de las normas
De igual manera, la Superintendencia de Puertos y Transporte conminó a los Organismos de Tránsito a dar estricto cumplimiento a la normatividad que aplica en casos de accidentes por embriaguez, para lo cual se establecen los siguientes criterios generales:
1. En todos los grados de embriaguez la sanción económica se encuentra establecida en 45 SMDLV y conforme con lo establecido en la Ley 1548 del 05 de julio de 2012, no existirá la reducción en el pago de la sanción pecuniaria.
2. Si se trata de conductor de vehículo de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción, tanto la multa pecuniaria como el periodo de suspensión de la licencia de conducción se duplicará.
3. Si se detecta segundo y tercer grado de embriaguez, el conductor debe realizar de forma obligatoria el curso de sensibilización, conocimiento y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción.
4. La reincidencia al encontrarse conduciendo en cualquier grado de estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente, en concordancia con el artículo 152 del Código Nacional de Tránsito, dará lugar a la cancelación de la licencia de conducción.
5. Quien cause lesiones u homicidios en accidente de tránsito y se demuestre que actuó bajo cualquiera de los estados de embriaguez de que trata el Código Nacional de Tránsito, o que injustificadamente abandone el lugar de los hechos, además de las sanciones previstas en el Código Penal, se hará acreedor a la suspensión de su licencia por el término de cinco (5) años.
Se debe tener en cuenta:
· Cuando la suspensión procede por conducir en estado de embriaguez, el infractor queda inhabilitado para realizar trámites ante los organismos de tránsito inherentes a la licencia de conducción, hasta que cumpla con la fecha establecida de la sanción.
· La certificación del Curso de Sensibilización por conducir en estado de embriaguez, expedida por los centros de rehabilitación debidamente autorizados, es obligatoria para que proceda la entrega de la licencia de conducción suspendida. 
Además de lo anterior y en atención a las obligaciones pedagógicas y de prevención de la corrupción y todo tipo de mala práctica administrativa de los servidores públicos, los directores de los Organismos de Tránsito deben instruir a los funcionarios de sus dependencias sobre la aplicación de las normas, así como las sanciones penales y disciplinarias que acarrea su inaplicación o violación.
Fuente de información: 
Shelley Oviedo
Asesora de Comunicaciones y prensa
Superintendencia de Puertos y Transporte
Tel: +57 1 3526700 Ext. 104 -Cel: +57 316 2551845

lunes, 17 de junio de 2013

Primera patente para generador de energía eólica comparten Ecopetrol y Universidad pontificia Bolivariana

La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia otorgó una patente de invención a un generador de energía eólica (a partir del viento) diseñado en convenio entre la Universidad Pontificia Bolivariana y Ecopetrol.
La patente de invención rige por 20 años contados a partir del 2 de diciembre de 2010.
El invento patentado se denomina “Sistema para la generación de energía eléctrica a partir de energía eólica de baja velocidad con dos sistemas de ala impulsora”. El equipo, del cual se construyó e instaló un prototipo en Coveñas (Sucre), constituye una alternativa para las necesidades energéticas de las instalaciones petroleras.
El sistema patentado se caracteriza porque aprovecha las pequeñas corrientes y no requiere grandes cantidades de aire para la generación de potencia o energía eléctrica. Está diseñado de tal manera que siempre está en movimiento, independientemente de la dirección del viento.
Este reconocimiento a la propiedad industrial, el cuarto que recibe Ecopetrol en el año 2013, se destaca porque es el primero que se le otorga a la empresa por un desarrollo relacionado con energías alternativas, y es el primero que reconoce el resultado de un convenio de cooperación tecnológica con entidades educativas.
Piedecuesta, junio 17 de 2013

jueves, 30 de agosto de 2012

Se incrementó 4.23% compraventa en el país en el 1º semestre

Según información de Supernotariado
- Hipotecas decrecieron en 1.49% en igual periodo
Compraventa. Foto Archivo
Barranquilla, 30 de agosto de 2012.- El Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, en el marco del XXVIII Congreso Nacional de Fedelonjas, que se adelanta en la ciudad de Barranquilla, hizo el anunció.
Al revelar las cifras de compraventa de inmuebles, el jefe del ente de control indicó que en los primeros seis meses de 2012 se han registrado 379.456 compraventas de inmuebles en las 192 oficinas de registro del territorio nacional mientras que en el primer semestre del año anterior se realizaron 364.068 transacciones.
“Estas cifras evidencian  un crecimiento del 4.23% en este sector de la economía del país”, afirmó el Superintendente.
Al referirse al comportamiento de registro inmobiliario de las principales ciudades capitales, dio a conocer que Bogotá concentra la mayor cantidad de compraventas en el primer semestre con 77.440 transacciones, seguido de Medellín con 33.405, Cali con 18.397, Bucaramanga con 11.530 y Barranquilla con 10.180 registros.
“De estas cinco ciudades, llaman la atención las cifras de la Capital del Valle porque en esta ciudad el primer semestre del año anterior los ciudadanos registraron 1.442 compraventas más que en igual periodo del 2012”, indicó el superintendente.
Al referirse a las hipotecas legalizadas en los seis primeros meses, informó que este indicador presenta un comportamiento negativo del 1.49% porque se registraron 91.410 actos y en el mismo periodo del 2011 se reportaron 92.793 casos.
Ver anexo 

miércoles, 6 de junio de 2012

A sanción presidencial, el estatuto Registral

Se establecerá un mecanismo novedoso de apertura de folios
Foto: Archivo
Bogotá, D.C., 5 de junio de 2012. Una vez aprobadas las conciliaciones en la Cámara de Representantes y el Senado de la República, el Proyecto de Ley por medio del cual se adopta un nuevo Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos pasa a sanción presidencial.
El Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, destacó que el nuevo Estatuto reduce la informalidad en la propiedad inmobiliaria y previene irregularidades como las denunciadas por su despacho, relacionadas con el despojo jurídico de bienes inmuebles.
Entre los principales puntos del Estatuto están los siguientes:
Se establece un nuevo sistema de información registral que contendrá, en formato digital, toda la información acerca de la historia jurídica de los inmuebles, los índices de propietarios y de inmuebles y los antecedentes registrales. Para tal efecto, a partir de la entrada en vigencia de ley, la Superintendencia de Notariado y Registro tendrá un término de cinco (5) años para la sistematización o digitalización de la información contenida en los libros del “antiguo sistema de registro”.
Se establece un mecanismo novedoso de apertura de folios de matrícula inmobiliaria para predios baldíos. Con esto, los baldíos adjudicables ingresarán a un Sistema de Registro Inmobiliario, en donde el propietario inscrito será la Nación –a saber, el INCODER o Parques Nacionales Naturales de Colombia, según el caso–, con miras a evitar más casos de despojo en contra de la Nación.
Se crea la “unidad móvil de registro” que permitirá realizar jornadas especiales de servicios registrales y, en particular, de formalización de la propiedad de inmuebles ubicados en zonas apartadas sin oferta presencial del servicio, priorizando a la población desplazada.
Se crea una Carrera Registral en donde los méritos profesionales y académicos serán el factor preponderante para el nombramiento de los Registradores de Instrumentos Públicos, previo un concurso abierto para el efecto. Asimismo, se crea el Consejo Superior de la Carrera Registral como el organismo rector de la Carrera Registral.
Se amplían las funciones de inspección, vigilancia y control y se faculta a la Superintendencia de Notariado y Registro para hacer intervenciones de oficinas de registro de instrumentos públicos y designar interventores que asuman las funciones de los registradores mientras dure la intervención.
Se moderniza el sistema o proceso de registro con el fin de prestar un mejor servicio al ciudadano. Por ejemplo, la radicación de instrumentos públicos y los pagos por los servicios podrán hacerse a través de medios electrónicos.
Se conforman cinco regiones registrales: Caribe, Región Pacífica, Central, Andina y Orinoquía- Amazonía, con el fin de poder ejercer un mejor control de las oficinas de registro.
Fuente: Grupo de Divulgación
Tel: 3158549680

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